La segunda vuelta de las elecciones regionales se realizará el domingo 4 de noviembre. Foto: Andina
La segunda vuelta de las elecciones regionales se realizará el domingo 4 de noviembre. Foto: Andina

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que desde este lunes 28 de noviembre empezaron a regir en nueve regiones del país las restricciones electorales a fin de asegurar el correcto desarrollo de la segunda elección regional de los comicios de 2022 que se llevará a cabo el próximo domingo 4 de diciembre.

En las regiones de Amazonas, Cajamarca, Callao, Cusco, Lambayeque, Lima Provincias, Moquegua, Pasco y Piura comenzó a regir desde las 12:00 a.m. de este lunes la prohibición de difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).

A continuación, las restricciones que estarán vigentes en los siguientes días:

  • Desde dos días antes de la elección está prohibida la realización de reuniones o manifestaciones políticas.
  • Desde 24 horas antes de la elección queda suspendida toda clase de propaganda política.
  • Entre las 08:00 a.m. del sábado 3 diciembre y las 08:00 a.m. del lunes 5 de diciembre está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas.
  • Entre las 07:00 a.m. y 5:00 p.m. del domingo 4 de diciembre, día de la votación, no están permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.

En ese sentido, el organismo electoral detalló que el incumplimiento de las disposiciones tendrán diversas sanciones. Por la publicación de encuestas se impondrá una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir entre S/46 mil y S/460 mil.

Por la realización de reuniones políticas, conforme al artículo 190 y 388 de la LOE, se sancionará con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años.

Por no cumplir con la suspensión de la propaganda, se colocará una multa de entre 30 (S/138 mil) y 100 UIT (S/460 mil) o una pena de prisión no menor de dos años.

‘Ley seca’

Respecto a la venta de bebidas alcohólicas se sancionará con cárcel no mayor de seis meses, multa no menor de S/3075 y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.

De este modo, lo fiscalizadores del JNE realizan diversos operativos en las nueve regiones del país con el fin de hacer cumplir la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con normalidad.

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