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La bancada del planteó la reducción de la jornada laboral a siete horas diarias, a través de un proyecto de ley presentado en el .

La iniciativa legislativa del Frepap modifica el artículo 25 de la Constitución Política, a fin de que la jornada laboral sea de siete horas diarias o 42 horas semanales, como máximo.

“En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el período correspondiente no puede superar dicho máximo”, indica el proyecto.

Además, considera nula toda reducción de sueldo, remuneración, retribuciones complementarias y cualquier derecho o beneficio laboral por la nueva jornada. Contravenir esta disposición será considerada una falta grave para el empleador.

Según el autor del proyecto, Daniel Oseda, existe una tendencia razonable de reducción de horas de la jornada laboral, lo que incide en la productividad del trabajador, pues el tiempo libre se utiliza en actividades de recreo o descanso que favorecen su estado físico y mental.

“Al disponer de más tiempo para estar con la familia se contribuye al bienestar del trabajador en todos los ámbitos de sus actividades”, argumenta el legislador.

Una jornada razonablemente más corta, añadió, tiende a preservar las condiciones de salud del trabajador, a mejorar hábitos saludables, generar mayor motivación en el trabajo y, con ello, un incremento de la productividad laboral.


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