La  autorización, otorgamiento y pago de forma irregular los servicios de alquiler de maquinaria pesada para el acondicionamiento del badén en la avenida Miguel Grau realizada por seis funcionarios de dicha comuna generó un perjuicio económico a la Municipalidad Provincial de Trujillo. (Foto: Contraloría General)
La autorización, otorgamiento y pago de forma irregular los servicios de alquiler de maquinaria pesada para el acondicionamiento del badén en la avenida Miguel Grau realizada por seis funcionarios de dicha comuna generó un perjuicio económico a la Municipalidad Provincial de Trujillo. (Foto: Contraloría General)

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Un perjuicio económico por S/353.100 en agravio de la Municipalidad Provincial de Trujillo generó la autorización, otorgamiento y pago de forma irregular los servicios de alquiler de maquinaria pesada para el acondicionamiento del badén en la avenida Miguel Grau realizada por seis funcionarios de dicha comuna. Así lo determinó la Contraloría General tras una investigación.

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Dicha institución informó que en marzo del 2019, la Subgerencia de Obras de la MPT efectuó dos requerimientos para alquiler de maquinaria pesada (cargadores frontales y volquetes) para realizar trabajo de prevención. “Acondicionamiento de Badén en la Av. Miguel Grau Sector Quebrada El León”. El servicio proveniente del Requerimiento 007-2019-MPT/SGO se ejecutó del 25 de marzo al 10 de abril del 2019, mientras que el servicio proveniente del Requerimiento 009-2019-MPT/SGO se ejecutó el 11 de abril al 29 de abril de ese mismo año.

La Contraloría General precisó que en ambos casos, la Subgerencia de Obras otorgó conformidad a los servicios en el marco del Decreto Supremo N° 027-2019-PCM. Además, se indicó que no se necesitaban hacer mayores trabajos porque en el plan de proyectos de la comuna se contemplaba la solución definitiva. Asimismo, las horas que se empleó la maquinaria pesada en ambos servicios superó las requeridas en el expediente elaborado para este servicio por la Subgerencia de Obras.

Sin embargo, el 9 de abril del 2019, mediante el requerimiento N° 00010-2019-MPT/SGO, la Subgerencia de Obras de la MPT solicita nuevamente servicios de alquiler de maquinaria pesada para efectuar los mismos trabajos en el mismo lugar. Dicho requerimiento fue avalado por la Gerencia de Obras y derivado a la Gerencia de Administración y Finanzas, quien, a su vez, lo envió el 10 de abril del 2019 a la Subgerencia de Abastecimiento para darle trámite al requerimiento, de acuerdo a la directiva vigente.

En mayo de 2019, la Subgerencia de Abastecimiento advirtió que no podía llevar a cabo el proceso de selección por el poco tiempo que tenía para cumplir con los plazos legales; sin embargo, la Subgerencia de Obras informó que los servicios ya habían empezado el 11 de abril y ejecutados por dos empresas.

Para ello, el gerente de Obras emitió la conformidad por los servicios brindados incluyendo otras actividades no contempladas en el Requerimiento N° 0010-2019-MPT/SGO e indicó que había sido el supervisor de tales servicios firmando todos los partes diarios; no obstante, algunos días del período reportado, el aludido funcionario se encontró ausente por licencia sin goce de haber y en otros no se evidenció sus salidas de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Asimismo, el propietario de uno de los camiones volquetes reportados informó que tal unidad no prestó servicios en el periodo indicado; aspectos que fueron avalados por la subgerente de Abastecimiento y el gerente de Obras.

Ante esta situación, se pidió opinión a la Gerencia de Asesoría Jurídica, quien estableció que la Municipalidad Provincial de Trujillo ante el vencimiento del plazo se encontraba imposibilitada de realizar la regularización de la documentación de la contratación directa, impidiendo con ello la participación del Concejo Provincial en el análisis respectivo; procediéndose al reconocimiento de la deuda.

Tampoco se alertó que el supuesto servicio de alquiler se llevó a cabo sin la intervención del órgano encargado de las contrataciones; asimismo, el gerente de Asesoría Jurídica no se pronunció respecto a la concurrencia de los elementos para la configuración del enriquecimiento sin causa, y avaló la conformidad del supuesto servicio, que incluía otras actividades no contempladas.

Con dicho accionar, los funcionarios aprobaron el reconocimiento de deuda, que permitió el consecuente pago por supuestos servicios de alquiler. Ante esta situación, el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo, en su Informe de Control Específico 022-2021-2-0424-SCE, recomendó al Procurador Público en Delitos de Corrupción iniciar acciones penales contra los exsubgerentes de Abastecimiento y de Obras.

También se ha notificado al titular de la entidad para inicie acciones administrativas correspondientes contra seis exfuncionarios, a fin de establecer las responsabilidades.

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