El Poder Ejecutivo anunció este viernes que , ante el incremento de casos de COVID-19. Sin embargo, algunas actividades quedarán exceptuadas de esta medida con el fin de continuar con la reactivación de la economía.

El Gobierno ha dispuesto también la ampliación del estado de emergencia y la cuarentena focalizada hasta el 30 de setiembre para mitigar el avance del nuevo coronavirus en el país.

Lista de actividades autorizadas a operar en los domingos

Según el Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM, la inmovilizacion obligatoria se exceptúa para el personal dedicado a estas actividades:

  • Servicios de abastecimiento de alimentos
  • Salud y/o medicinas
  • Farmacias, droguerías y boticas
  • Servicios financieros (bancos)
  • Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery)
  • Continuidad de los servicios de agua y saneamiento
  • Energía eléctrica
  • Gas y combustibles
  • Telecomunicaciones y actividades conexas
  • Limpieza y recojo de residuos sólidos
  • Servicios funerarios
  • Transporte de carga y mercancías y actividades conexas
  • Transporte de caudales, según lo estipule el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
  • Actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas

La norma refiere también que el personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el periodo de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad (DNI). Ello también aplica a las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

En el caso de las personas en grupos de riesgo frente al COVID-19 que laboran en algunas de las actividades permitidas, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto. Sin embargo, en caso deseen voluntariamente concurrir a trabajar, deberán suscribir su declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria.

Asimismo, el decreto autoriza el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud, así como para la adquisición de medicamentos.

Contenido sugerido

Contenido GEC