El Gobierno oficializó hoy la inmovilización social obligatoria (toque de queda), en todo el territorio nacional, el , con la finalidad de contener el avance de la segunda ola de contagios de coronavirus (COVID-19).

El , publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece en su artículo 4 las restricciones focalizadas para el segundo domingo de mayo.

“Durante todo el domingo 9 de mayo de 2021, a nivel nacional, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, estando prohibido el uso de vehículos particulares”, señala el dispositivo.

¿Qué actividades se pueden realizar?

  • Solo podrá haber traslados a pie o en bicicleta para la adquisición de productos de primera necesidad, medicinas y recojo de alimentos en restaurantes, añade la norma.
  • Se establece que el proceso de vacunación contra el COVID-19, que viene realizando el Gobierno, se continuará realizando el domingo 9 de mayo.

¿Qué actividades económicas están permitidas?

  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias, con aforo según el nivel de alerta y atención desde las 04:00 hasta las 18:00 horas.
  • Servicio de farmacias y boticas para entrega a domicilio (delivery) durante las 24 horas.
  • Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), desde las 04:00 a.m. hasta las 11:00 p.m..

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