Las personas que viven en Lima Metropolitana y el Callao tendrán que cumplir con las restricciones dispuestas por el Gobierno para este sábado 4 y domingo 5 de diciembre, en el marco del estado de emergencia del coronavirus (COVID-19), vigente desde marzo del 2020 en todo el país.

Mediante el se dispuso las nuevas medidas que comenzaron a regir desde el pasado 29 de noviembre y tienen vigencia hasta el domingo 12 de diciembre.

Tras una nueva evaluación de la situación sanitaria, el Gobierno de Pedro Castillo dispuso por dos semanas más que todas las provincias del país, a excepción de siete que están en nivel de alerta alto, sean clasificadas en nivel de alerta moderado, entre ellas Lima y Callao.

-Toque de queda-

De acuerdo con el dispositivo legal, el toque de queda (inmovilización social obligatoria) en Lima y Callao se mantiene desde las 2 a.m. hasta las 4 a.m.

Vale recordar que hasta el domingo 16 de octubre, la medida restrictiva iniciaba a la 1 de la mañana, y hasta el 3 de septiembre, empezaba a la medianoche.

Por otro lado, este fin de semana se brindaría facilidades para movilización durante la madrugada para el grupo que personas que tienen programadas la aplicación de dosis de vacunas contra el COVID-19.

-Autos particulares podrán circular-

Lima y Callao no tienen la restricción de uso de autos particulares los domingos, mientras que el transporte interprovincial en ambos lugares funcionará sin restricciones.

Esto quiere decir que los domingos 5 y 12 de diciembre estará permitido la salida de autos.

-Transporte interprovincial-

El transporte interprovincial terrestre continúa funcionando de forma libre en Lima y Callao con un aforo del 100%, según lo indicado por el Ministerio de Transportes.

Además, desde el pasado 15 de noviembre se exige vacunación completa contra el coronavirus a los mayores de 45 años para poder viajar vía terrestre a nivel nacional. No obstante, a partir del 10 de diciembre esta medida se extiende hasta mayores de 18 años.

-Aforo en nivel de alerta moderado-

Actividades en espacios cerrados :

  • Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
  • Casinos y tragamonedas: 50%
  • Cines y artes escénicas: 80%
  • Bancos y otras entidades financieras: 80%
  • Templos y lugares de culto: 80%
  • Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%
  • Eventos empresariales y profesionales: 80%
  • Peluquería y Barberia: 60%
  • Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
  • Coliseos (vacunados con 2 dosis):40%
  • Gimnasios: 60%

Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):

  • Artes escénicas
  • Enseñanza cultural
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
  • Baños termales al aire libre. Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
  • Eventos empresariales y profesionales al aire libre
  • Mercados itinerantes
  • Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 30%

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